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INDECOPI MULTA A LA EMPRESA CABLE CALLAO CON MÁS DE S/.El 11 de Diciembre de 2008, la Dirección de DERECHO DE AUTOR DEL INDECOPI emite la RESOLUCION N|° 125-2008/CDA-INDECOPI. • EXPEDIENTE N° 001273-2008/ODA. • El proceso se inicia de OFICIO. • LA EMPRESA DENUNCIADA, es SEÑALES OPTICAS SAC, conocida como Cable Callao. • MATERIA : Infracción por actos de comunicación pública en perjuicio de titulares de obras audiovisuales e imágenes en movimiento no consideradas obras así como de titulares de las emisiones de radiodifusión y señales de cable. • Infracción al artículo 140° literal a) del Decreto Legislativo 822. Lima, 5 de Febrero 2008.- La Dirección de Derecho de Autor del Indecopi, luego de iniciar un proceso administrativo de oficio y, contando con la colaboracion de programadores y productores, la retransmisión ilegal de varios canales de television, sin contar con los contratos que la autoricen, ha declarado fundada la denuncia, emitiendo una resolución que multa con más de 48 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) a la empresa Cable Callao. La aplicación de dicha sanción busca disuadir a las empresas de cable infractoras a no continuar transmitiendo canales sin autorización, ya que esto es una violación a las leyes nacionales e internacionales sobre el derecho de autor y los derechos conexos. Las empresas de cable deben contratar con los programadores y con los canales para poder retransmitir sus señales a sus usuarios ya que de no ser así estarían realizando una práctica ilegal, al estar robando las señales y engañando a sus usuarios, con señales robadas. Asimismo, deberán solicitar la autorización de los productores audiovisuales directamente a través de su sociedad de gestión para la retransmisión de sus obras y producciones. |
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